Solicitudes al FOGASA
Entre las funciones del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), está garantizar a los trabajadores y trabajadoras, el pago de salarios e indemnizaciones por despido o extinción de contrato, no satisfechas por empresas declaradas judicialmente insolventes o en situación de concurso de acreedores.
Para poder cobrar del FOGASA, es necesario que la persona trabajadora haya interpuesto reclamación de cantidad y/o despido contra la empresa deudora y que, tras haber sido reconocida la deuda o declarada en Sentencia la misma, el Juzgado haya declarado la insolvencia de la sociedad.
En el caso de sociedades en concurso de acreedores, es necesario que la administración concursal emita certificado personalizado donde conste la cantidad adeudada y los conceptos por lo que se adeuda la misma.
Como máximo, el FOGASA, de los salarios adeudados por la empresa, abonará 120 días del salario del trabajador o trabajadora, siempre que este no exceda del doble del salario mínimo interprofesional. Así, para una insolvencia declarada en 2020, por salarios debidos se puede llegar a cobrar hasta 8.865,60 euros (73,88 euros x 120 días).
En caso de impago de la indemnización por despido o extinción de contrato, el FOGASA como máximo abonará por tal concepto, la cantidad correspondiente a una anualidad del salario del trabajador o trabajadora, siempre que el salario no exceda del doble del salario mínimo interprofesional. Así, para una insolvencia declarada en 2020, en concepto de indemnización por despido o extinción de contrato, se puede llegar a cobrar hasta 26.596,80 euros (73,88 x 360 días).
Si una empresa insolvente o en concurso de acreedores, te adeuda salarios o la indemnización por despido, puedes ponerte en contacto con este despacho profesional. Gratuitamente se hará una valoración previa de tu caso y un presupuesto de costes económicos de la reclamación y del proceso judicial y administrativo que será necesario desarrollar.
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Solicitudes al FOGASA
Solicitudes al Fondo de Garantía Salarial instando el pago de cantidades no abonadas por
empresas insolventes o en concurso de acreedores.